
Guía para Inversores
El banco no financia un negocio turístico: financia una segunda residencia. Qué porcentaje concede, cómo valora tus ingresos y cuándo apalancarte suma o resta.
Respuesta rápida
Para el banco, una vivienda que vas a alquilar por noches es una segunda residencia: financia normalmente hasta el 60-70 % del menor valor entre tasación y compra (frente al 80 % de la vivienda habitual), con tipo algo más alto y plazos más cortos. Los ingresos turísticos futuros no cuentan para la ratio de endeudamiento: cuentan tu nómina y tus rentas actuales. Apalancarte tiene sentido cuando la rentabilidad neta de la vivienda supera con margen el coste de la deuda; si no, la hipoteca convierte una inversión mediocre en una mala. Haz los números en la calculadora antes de pedir la tasación.
| Vivienda habitual | Segunda residencia / inversión | |
|---|---|---|
| Porcentaje financiado | Hasta 80 % (a veces más) | 60-70 % habitual |
| Plazo | Hasta 30 años | 20-25 años |
| Tipo | El mejor de la entidad | Algo superior |
| Ingresos que computan | Nómina y rentas actuales | Nómina y rentas actuales; los del alquiler turístico, no o con recorte |
| Ratio de endeudamiento | Cuota total no superior al 30-35 % de ingresos netos | Igual, sumando la cuota nueva a las que ya tengas |
Las condiciones concretas varían por entidad y por perfil; estas son las que vemos con más frecuencia en Málaga en 2026. Consecuencia práctica: para una compra de 250.000 € con 8,5 % de gastos y 15.000 € de puesta en marcha necesitas del orden de 100.000-120.000 € de capital propio, no del 20 %.
Si la vivienda ya está alquilada con contrato de larga duración, muchas entidades computan una parte de esa renta. Los ingresos por alquiler vacacional, en cambio, se consideran variables y no consolidados: la mayoría no los tiene en cuenta para conceder, aunque después sean los que paguen la cuota. Si tu capacidad de pago depende de que la casa se alquile, el banco dirá que no, y probablemente tenga razón.
Apalancarse funciona cuando la rentabilidad neta del activo supera el coste de la deuda. Ejemplo con cifras redondas: inversión total 265.000 €, neto tras gestión 12.600 € (4,7 %). Sin hipoteca, tu retorno sobre capital es ese 4,7 %. Con 160.000 € de hipoteca al 3,5 % a 25 años, la cuota son unos 9.600 € al año; el neto tras cuota queda en 3.000 € sobre 105.000 € de capital propio: 2,9 % de retorno en caja, más lo que amortizas de principal cada año (unos 4.000 € el primero). Sumando amortización, 6,7 % sobre tu capital; en caja, la mitad. El cálculo del neto viene de cómo calcular la rentabilidad.
Ampliar la hipoteca de tu vivienda habitual (mejor tipo, más porcentaje), comprar entre dos familias, o bajar de tipología: un apartamento en Torre del Mar o Rincón en vez de una casa en Nerja. Otra opción es empezar con una vivienda que ya funciona y cuyas cuentas puedes ver, aunque el banco tampoco compute sus ingresos. Lo que no recomendamos es financiar la puesta en marcha con tarjetas o préstamos personales: son el dinero más caro de toda la operación.
La trata como segunda residencia: habitualmente entre el 60 % y el 70 % del menor valor entre tasación y compra, con plazos de 20-25 años y tipo algo superior al de vivienda habitual. Para no residentes suele bajar al 50-60 %.
Casi nunca. El banco valora tu nómina y tus rentas actuales; los ingresos turísticos futuros se consideran variables. Si dependes de ellos para pagar la cuota, es una señal de sobreapalancamiento.
Cuando la rentabilidad neta de la vivienda supera el tipo de interés con margen y puedes pagar la cuota varios meses sin ingresos. Si el neto está por debajo del tipo, la hipoteca reduce tu retorno.
No. Verifica primero comunidad, requisitos y normativa municipal; la tasación cuesta 300-500 € y no sirve de nada si la vivienda no puede ser turística.
No somos intermediarios financieros. Lo que hacemos es el análisis de rentabilidad de la vivienda concreta, que es el documento que necesitas para decidir cuánto apalancarte y para hablar con el banco con números reales.
Información general orientativa a septiembre de 2026; no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni legal. La normativa de viviendas turísticas cambia con frecuencia.
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